Valeria Naveda
Economista
Conecta cualquier flujo legal con tus apps favoritas vía Zapier -sin saber programar. O usa nuestro REST 2.0 API para integrar con cualquier sistema empresarial a escala.
Manten a tu equipo y contrapartes felices mientras cumplen los contratos; puedes personalizar todas las interacciones con tu marca.
Obtén un registro forense del equipo que desarrolló el primer blockchain privado en el mundo. Capitaliza los datos de tu quehacer contractual para verlos en BI o procesarlos con AI.
Relaciona eventos contractuales como la firma misma con la creación de NFTS; o embebe NFTS con términos y condiciones que te garanticen.
Más y más cuentas de los balances empresariales están pasando a tener representación digital. Los tokens no fungibles (NFTS) son contenedores seguros de propiedad u obligaciones y están llevando todo tipo de activos al mundo digital. SUSCRIBO te permite galvanizar documentos legales o contratos a NFTs, garantizando la infraestructura del futuro de los negocios.
SUSCRIBO trabaja con comunidades y mercados de NFTs proveyendo soporte en la creación y gestión de los términos legales que envuelven el intercambio de esos activos representados on-chain. Como los documentos contractuales y su flujo de consentimiento van embebidos en el activo digital, la eficiencia y la seguridad del mercado se dispara permitiendo transacciones complejas y multipartes como nunca antes.
SUSCRIBO ofrece unión entre textos legales y tokens no fungibles, asegurando un puente inmutable entre activos on y off-chain.
Décadas de experiencia nos traen el punto donde ahora convergen los más grandes gestores de activos.
De Hong Kong a Londres y a Nueva York, hay consenso en que todos los activos se moverán on-chain.
Automatiza la creación de NFTS y su distribución desde la instancia de firma electrónica o desde cualquier otro evento contractual.
Olvídate de los tiempos y costos de terceros: permite a los usuarios conectar sus billeteras y automatizar el pago y la cobranza de los eventos contractuales que así lo requieren.
Saca provecho de la transparencia de la Web3 para mejorar la confianza, fidelizar y comprometer a tu comunidad.
Construye workflows basados en tokens sin escribir ni una línea de código. Usa Zapier para conectar tus contratos y tus NFTs con miles de aplicaciones.
Nuestros paneles de control te dan un vistazo de como van tus contratos y el cumplimiento de sus obligaciones. Administra hitos, gestiona renovaciones, ayúdate con recordatorios mientras cuentas con un registro de nivel forensico para auditorías.
Elige entre tu identidades web2 y web3 a la hora de firmar, automatizar o administrar obligaciones: desde acceso, privacidad, facturación, licenciamiento hasta pagos. Nunca más gastes energía en tareas burocráticas de seguimiento contractual.
CEO
VP of Business Development
CSO
SUSCRIBO es una plataforma digital web3 de firma electrónica contratos que facilita la transacción legal y financiera de los negocios. Atiende clientes que buscan eficiencia, recorte de costos, tiempos y contacto físico en procesos contractuales. SUSCRIBO ofrece soluciones tecnológicas, seguridad y analítica clave para mejora de gestión comercial, legal y financiera.
SUSCRIBO apalanca tecnología de firma electrónica y gestión digital de contratos con la tokenización de los activos y obligaciones representados en los contratos. Al permitir una conversión más rápida de transacciones de negocio normalmente lastrados por formalidades y solemnidades culturales, SUSCRIBO materializa un balance general en el que incluso las cuentas más ilíquidas se gestionan digitalmente.
Los contratos digitales tienen el potencial de automatizar una amplia gama de transacciones y servicios dentro de todos los sectores de negocio. Proporcionan una forma segura de transacción que maximiza la eficiencia con la consecuente reducción de costos y de riesgos legales.
SUSCRIBO transforma la instancia de firma electrónica de ser un garabato en un papel digital a ser un desencadenador automático de transacciones comerciales. Esto acelera la rotación de activos que de otro modo son ilíquidos. Para lograrlo, fusionamos CLM tradicional, desde la firma electrónica hasta la gestión de obligaciones, con capacidades web3 para crear objetos digitales legales y financieros cuya transacción se hace con pocos clicks. SUSCRIBO puede trabajar junto con otras herramientas de gestión de contratos y firma electrónica web2 más antiguas, aportando sus poderes web3 a la mezcla.
Ninguna, SUSCRIBO es el primer servicio que permite la firma electrónica y gestión y automatización de obligaciones contractuales expresadas como objetos digitales en un blockchain. Esto tiene la ventaja de permitir que aquellos títulos legales susceptibles de ser transados, puedan ser transferidos en transacciones seguras y ágiles entre partes, incluso intercambiando un precio, todo sobre un registro descentralizado seguro.
Varios y todos positivos. El usuario no deberá desplazarse de un lugar a otro, tendrá un soporte de lo actuado de manera inmediata y por encima de todo sus transacciones se realizarán de manera segura, rápida y eficaz sin haber perdido innumerables horas de desplazamiento, filas y gastos adicionales.
Los contratos digitales están ganando terreno en todos los sectores. Su aplicación puede ir desde algo tan sencillo como contratos laborales individuales, pasando por contratos de arriendo, hasta llegar al flujo corporativo integral de empresas en sectores como. Todos estos beneficios se amplían cuando los contratos digitales se convierten en objetos digitales susceptibles de transacción, volviendo líquidos activos y pasivos normalmente ilíquidos. Esto es posible por ejemplo en:
Inmobiliario.
Automotriz y Movilidad.
Banca privada y otros servicios financieros.
Telecomunicaciones.
Seguros.
Comercio exterior, comercial de appliance y retail.
Energía y otros commoditiess.
Contratación pública y contratos administrativos del sector público.
Supply chain.
Como una empresa nacida en la era de la criptografía empresarial, en SUSCRIBO nos tomamos la confidencialidad y la seguridad de la información muy en serio. Como regla general, la tecnología que SUSCRIBO provee a sus clientes cumple con los estándares europeos de confidencialidad y seguridad de información bajo los lineamientos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD o GDPR por sus siglas en inglés), caracterizados por ser los más exigentes en el mundo.
El Reglamento es aplicable desde el 25 de mayo de 2018 y busca proteger los datos de usuarios con particular énfasis en datos personales y la forma en la que las organizaciones los procesan, almacenan y, finalmente, destruyen, cuando esos datos ya no son requeridos. La Ley provee control individual acerca de cómo las compañías pueden usar la información que está directa y personalmente relacionada con los individuos, y otorga ocho derechos específicos. También establece normas muy estrictas, que rigen lo que sucede si se viola el acceso a datos personales y las consecuencias (penalidades) que las organizaciones pueden sufrir en tal caso.
Los sistemas ofrecidos por SUSCRIBO son desarrollados por especialistas nativos de la era de la criptografía empresarial.
Para el contenido de nuestros usuarios, usamos sistemas de encriptado “at rest” e “in transport” hasta el punto en que el usuario recibe o carga contenido, todo con encriptado AES-GCM. El contenido es además validado porque ha sido grabado y recogido usando un hash SHA256 sobre su contenido y ubicación. Esto significa que hay una seguridad constante de que el contenido es el requerido y esperado. Por último en contenido se guarda pasivamente en una nube de máximo estándar, donde los proveedores agregan una capa de encriptación adicional. Varios de los pasos referidos están basados en probadas implementaciones de código abierto y por ende han sido y pueden ser verificados por usuarios avanzados que busquen familiarizarse o asegurarse sobre el proceso.
Como ha sido además mencionado, los servicios ofrecidos por SUSCRIBO se someten a las normas de privacidad europeas, las más exigentes y pro-usuario del mundo.
Las funcionalidades de digitalización de contratos funcionan en todos los países del mundo. Vale comprender que como regla general la digitalización de contratos no es otra cosa que el paso de formatos tradicionales a formatos más modernos en materia contractual. Las legislaciones de todo el mundo, salvo muy pocas excepciones, disponen de normas sobre firmas y contratos electrónicos basadas en las recomendaciones de UNCITRAL, organización de las Naciones Unidas que se preocupa de estas cosas.
Así, si los contratos digitales o electrónicos tienen la misma validez que los contratos tradicionales, el hecho de que su flujo se asegure con tecnología no les resta validez legal en ningún caso.
Dicho esto, ciertas cosas varían de jurisdicción en jurisdicción: la validez de ciertas firmas electrónicas frente a otras, para determinados usos, es algo que puede requerir una verificación según la legislación local. De igual forma, existen ciertos tipos de contrato que según las legislaciones se someten a solemnidades y formalidades particularísimas, como los contratos públicos o los contratos que requieren trámites notariales, de donde la digitalización de dichos contratos puede requerir su validación con los equipos legales respectivos. Para ello SUSCRIBO pone a disposición su red de partners legales.
Finalmente la automatización de tareas basada en blockchain, o smart legal contracting, puede requerir validaciones legales en ciertas jurisdicciones.
Consulta tus inquietudes en info@suscribo.com
Fácil. Para crear una plantilla contractual solo hace falta disponer del texto de la plantilla en archivo de texto (extensiones populares .doc o .docx). Sobre la prosa del archivo, se deben entender por “variables” aquellos textos que, cuando la plantilla sea llenada para dejar de ser un documento genérico y convertirse en contrato, variarán, como son generalmente los comparecientes, la cosa o el precio, plazos, o incluso las firmas.
La nomenclatura de variables de SUSCRIBO es sencilla y consiste en el uso de una palabra clave con la que el usuario podrá identificar y recordar cada variable, rodeada de corchetes curvos. Así, para introducir una variable en una plantilla mediante la cual representar y llamar un precio, podríamos denominarla {{ precio }}. Así, cuando manualmente o desde un sistema externo el usuario decida crear un contrato desde una plantilla, podrá identificar esa variable y llenar el espacio entre corchetes con un valor real efectivo.
Mediante el recurso a la variable automática de firma: {{ party.signature }}
Como se puede ver la variable está compuesta por dos palabras separadas por un punto. La primera palabra es una identificativo de la parte cuya firma se plasmará en el sitio donde se ubique la variable. La segunda es un código de llamado automático de la instancia de firma: es lo que le dice al sistema que ubique en ese sitio la firma de la parte. La virtud de esta variable es que es automática, en el sentido que asocia una instancia de firma en el flujo de creación de contratos (el momento en que una parte es llamada a firmar), con la identidad de esa “parte” creada como interviniente en la configuración del contrato.
La fecha de entrada en vigencia de un documento o contrato se define sobre la base del texto del contrato en la sección “Hitos” de la Configuración.
Esta funcionalidad supone el recurso de fechas relativas y fechas absolutas. Esto significa que permite configurar que el sistema fije la fecha del contrato en el momento en que las partes hayan firmado, siendo esto una fecha relativa a un “Hito”, esto es la firma, o, permite seleccionar una fecha absoluta del calendario, en el pasado, presente o futuro, que se convertirá en el “Hito” de entrada en vigencia.
Cuando configuras una plantilla o un contrato, puedes seleccionar entre variables dinámicas para que la fecha que aparezca en tu documento sea una fecha absoluta tomada del calendario o una fecha relativa derivada del momento en que las partes han firmado.
En la sección Configuración/Organización Hora y Fecha puedes revisar y seleccionar opciones de formato:
Si estás en USA o quieres usar nomenclatura USA, esta sería tu guía:
MMMM d, yyyy
El resultado va a aparecer así en tu: January 1, 2020
MMMM do, yyyy
El resultado va a aparecer así en tu documento: January 1st, 2020
En la sección Configuración/Organización Hora y Fecha puedes establecer tu uso horario para que la gestión de obligaciones contractuales mediante eventos y tareas automatizadas se den a dichas horas y fechas.
Recuerda que si estás creando contratos que van a operar en distintos usos horarios debes asegurarte de que la configuración del Workspace tenga consistencia con los usos horarios para los que creas contratos.
Nuestra herramienta no puede evitar que una persona decida crear reglas asociadas a un contrato y se equivoque al hacerlo. Por supuesto, aquello requiere que, para que dicha aplicación de reglas se exija de las partes, ninguna de ellas se de cuenta del error en la firma y revisión de términos, aceptando y firmando un contrato con configuraciones erradas. Al final del día, esto no se diferencia de lo que pasa en el derecho ordinario cuando personas aceptan términos que luego consideran errados.
Desde un punto de vista de ingeniería legal, un contrato tiene una estructura mínima que se expresa de manera muy similar a la forma en que los abogados entienden los contratos: con partes intervinientes, con cosa, con precio y con plazo. Ahora, para definir el plazo habrá un inicio y un fin, así como para definir cuando y como se entrega y se paga el precio se tomará como referencia de alguna forma el inicio y el final del contrato.
Cuando un “Hito” del contrato toma de referencia otros “Hitos” del contrato, hablamos de una regla relativa. Por ejemplo, se debe entregar la cosa o emitir una factura 30 días después de la firma del contrato. En ese caso la relación es entre la firma y la entrega de la cosa o emisión de la factura, indistintamente del día calendario absoluto en que resulte vencer ese plazo. Si se mueve la fecha de la firma se moverá la fecha relativa.
Por oposición a ese ejemplo, si la fecha de entrega de la cosa o de emisión de la factura está relacionada con el calendario independientemente de otros “Hitos”, entonces es un “Hito” con regla absoluta.
En la sección de Configuración, en “Hitos”, seleccionando la opción de repetición asociada a un “Hito”.
Lo más probable es que no tienes autoridad de firma en la organización a la que perteneces, en cuyo caso solo puede firmar el representante legal o quien haya sido configurado como la cuenta con autoridad de firma de esa organización. Las organizaciones están dadas por el dominio de los correos, esto es la dirección que sigue a la arroba: @suscribo.com por ejemplo.
Esto puede ser verificado en la sección de Configuración/Organización/Equipo en donde aparecen los niveles de autoridad para firmar de las partes en una organización y la información completa solo está disponible para quien ostente privilegios de administrador en una organización.
Por favor, asegúrate de que no hayas iniciado sesión antes con alguna de las aplicaciones como Gmail, Microsoft o Linkedin, y que la cuenta de correo electrónico sea la correcta. En caso de que hayas iniciado sesión con alguna de estas plataformas, solo da clic en la que corresponde y conectate al correo electrónico donde previamente tienes una cuenta. Si no recuerdas tu contraseña, por favor da clic en “olvidé mi contraseña”, agrega tu correo electrónico y te enviaremos un correo que te permitirá agregar una nueva clave.
La firma electrónica es a la era digital, lo que la firma de puño y letra fue a la era de la imprenta.
Según el modelo de UNCITRAL para legislaciones Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, las firmas electrónicas tendrán duración indefinida.
SUSCRIBO es agnóstico respecto a la tecnología de firma que requieran sus usuarios. Por eso además de su oferta de firmas nativas web2 y web3, mediando configuraciones o implementaciones específicas permite a usuarios avanzados integrar otras tecnologías de firma en sus flujos contractuales.
Para uso de individuos y empresas y según las nomenclaturas nacionales, existen varios tipos de firma electrónica hoy en día: la firma simple, la firma avanzada y la firma certificada o cualificada. Cada una puede ser útil para distinto tipo de transacción, siendo generalmente la certificada o cualificada exigida exclusivamente en ciertas jurisdicciones y exclusivamente para interacciones con las autoridades públicas.
Las firmas simples y avanzadas son las firmas que predominan en el mundo moderno de los negocios y consisten en una identificación inequívoca de datos de la persona que la usa. Cada vez que consumimos algo en internet, cada vez que pedimos un taxi en una plataforma, o cada vez que hacemos una transacción bancaria, estamos firmando electrónicamente: esa firma suele llamarse simple, aunque engloba mucha más información sobre nosotros que una firma en papel. Al firmar una transacción bancaria queda asociado con nuestro consentimiento un usuario y una contraseña, generalmente un número móvil o un correo que es difícil de repudiar, código de dispositivo, patrones de navegación, a veces datos personales, entre otros.
El conjunto de datos que recopila una firma simple es inferior al que recopila una firma avanzada, haciendo de la segunda una firma más segura y útil para más transacciones, permitiendo asegurar identidad, sello de tiempo, a veces incluso geolocalización y determinación de si un archivo ha sido modificado posteriormente a la firma.
Una firma certificada, cualificada o basada en certificado se diferencia de las dos primeras porque en su nivel de seguridad interviene un tercero que suele ser una autoridad o un ente autorizado para el efecto por un gobierno. Dicho ente público o revestido de autoridad pública de certificación le vende al ciudadano un archivo o certificado que debe ser utilizado al firmar, porque contiene información codificada que es exclusiva del autor de la firma y que puede ser verificada utilizando un software para el efecto. Por medio de verificaciones de datos se puede conocer si un certificado está vigente o vencido -lo que implica también que tienen plazo de vigencia y muchas veces destinos específicos de uso- e informar a los destinatarios si el documento se ha modificado tras la firma inicial del documento por el autor de la firma.
En las legislaciones donde existen y se comercializan certificados de firma electrónica, existen las denominadas Entidades de Certificación de Información, que son a la era digital lo que los notarios fueron a la era del papiro, del pergamino y del papel.
SUSCRIBO es agnóstico respecto a la tecnología de firma que requieran sus usuarios. Por eso además de su oferta de firmas nativas web2 y web3, mediando configuraciones o implementaciones específicas permite a usuarios avanzados integrar otras tecnologías de firma en sus flujos contractuales.
Si, claro que sí. De hecho SUSCRIBO ya soporta hoy en día, como implementación general, dos tecnologías de firma: su firma nativa para usuarios web2 y su firma nativa para usuarios web3. Para la primera basta autentificarse con un correo electrónico, para la segunda es necesario contar con una billetera criptográfica. Indistintamente de aquello, SUSCRIBO permite, entre sus funciones avanzadas para desarrolladores, implementar otras tecnologías de firma electrónica sobre su flujo de automatización y gestión de transacciones y obligaciones. SUSCRIBO ha invertido en varios países del mundo para proveer servicios de firma electrónica certificada, para cierto tipo de actos o contratos que requieren formalidad especial, según las exigencias de cada jurisdicción. Ponte en contacto con un representante de SUSCRIBO para confirmar si en tu país está disponible la firma con certificado o como planificar el uso de opciones de firma electrónica en tu flujo contractual.
En Perú, mediante la Ley N° 27269, el gobierno peruano aprobó el Régimen de Firmas y Certificados Digitales, con el objeto de regular la utilización de la firma electrónica, otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad. Esta Ley se encuentra vigente desde el 29 de mayo de 2000. Las firmas electrónicas son generadas a partir de certificados digitales que son emitidos conforme al Decreto Supremo N° 052-2008-PCM “Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales”, por entidades de certificación acreditadas por la Autoridad Administrativa Competente, siendo esta última el Indecopi. En Colombia, la Ley 527 de 1999 define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales. En su artículo 7, establece el principio de equivalencia funcional de la firma electrónica, siempre y cuando se cumplan las mismas funciones que se le atribuye a la firma manuscrita. La Ley 527 también establece que las entidades de certificación son las encargadas de otorgar las firmas digitales, bajo el control y la vigilancia de la Superintendencia de industria y comercio. Finalmente, en el Decreto 19 de 2012, se enumera las normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. En México, la firma manuscrita es tradicionalmente aceptada como la forma legal de expresar el consentimiento en un contrato, sin embargo, esto es solo una costumbre pues el Código Civil Federal, publicado en agosto 1928 y reformado en junio de 2019, establece que el consentimiento de un contrato puede ser expreso o tácito: Artículo 1803.- El consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente: I - Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos, y II - El tácito resultará de hechos o de actos que lo presuponen o que autoricen a presumir, excepto en los casos en que por ley o por convenio la voluntad deba manifestarse expresamente. Es decir, la adopción de soluciones tecnológicas para expresar el consentimiento ya era reconocida legalmente hace 20 años. Mediante las reformas más recientes al Código Civil, se refuerza y se reconoce, que los contratos celebrados con soluciones electrónicas son válidos y ejecutables. Dicho ordenamiento jurídico, incluye la obligatoriedad de la generación de pruebas de autenticidad en los firmantes, el garantizar la integridad de los documentos y la posibilidad de poder consultar el documento de en el futuro. En Ecuador, la firma electrónica se encuentra regulada mediante la Ley de Comercio Electrónico y su Reglamentación desde 2002, por el Código Orgánico de Comercio y por resoluciones de ARCOTEL, adicionalmente para el sector notarial la Ley de Apoyo Humanitario le da una plena equivalencia a las solemnidades y formalidades requeridas cuando el consentimiento es prestado por medios electrónicos.
Según la tecnología, una firma electrónica puede tener un costo o no. Por ejemplo, la mayoría de firmas digitales simples no tienen costo, pues vienen contempladas como parte de algún servicio que las utiliza y las implementa para facilidad de sus usuarios. El es caso de la firma nativa web2 de SUSCRIBO. En el caso de firmas web3, el costo no está asociado a la firma sino a la transacción que se registra en un blockchain, es decir el costo del servicio de dicha firma. Hay por supuesto, como es el caso de los certificados de firma, tecnologías de firma que tienen un costo. En éste último caso el costo se asocia con el pago a los gobiernos de tasas administrativas para considerarse tecnologías certificadas y por el ingreso que marginan las empresas que venden dichos certificados en nombre de los gobiernos.
Actualmente, cientos de millones de personas naturales y jurídicas utilizan firma electrónica en documentos como correos electrónicos, compras, ventas, transacciones bancarias, facturación electrónica, declaraciones y liquidaciones de impuestos, e incluso diligencias de todo tipo en juicios y procesos. Incluso las funciones legislativas en muchos países votan las leyes que son vinculantes para las personas mediante firma electrónica. Con una adopción tan generalizada, es evidente que las legislaciones no limitan, ni excluye ni impide en el fondo la adopción y el ejercicio de derechos ciudadanos por medios electrónicos. Cuando hay limitaciones, generalmente se trata de limitaciones culturales o de resistencia al cambio por empresas, personas o grupos que se benefician del status quo de los negocios tradicionalmente llevados en papel
Sí, pues en caso de una alteración en datos o cambios de forma en el documento, la firma electrónica queda invalidada después de ese cambio.
Al igual que en la firma manuscrita, el uso fraudulento de una firma, entendido por ejemplo como el caso de una persona que accede a una computadora de un tercero para hacer uso de su firma electrónica, puede suceder, como suceden los delitos. La víctima del fraude -con firma electrónica o firma tradicional- podrá probar que ha sido presa de un delito.
A nivel internacional, luego de que UNCITRAL, el ente de Naciones Unidas encargado del derecho mercantil internacional, haya impulsado un modelo de legislación sobre comercio electrónico y firmas electrónicas al inicio del siglo, se entiende que no hay limitaciones para el uso de esta tecnología. Solo ciertas legislaciones y jurisdicciones procuran establecer excepciones contadas para proteger industrias, gremios, actividades o amigos de la transformación digital.
Web3 es la nueva etapa de internet.
Web3 funciona de manera diferente a la internet tradicional. En lugar de depender de unos pocos servidores, utiliza un sistema descentralizado. Esto significa que la información se gestiona a través de una red de muchos nodos o servidores que trabajan juntos de manera segura. A esta red se le conoce como una "cadena de bloques".
Una cadena de bloques, también conocida como "blockchain", es como un libro de registro digital distribuido y seguro. Se utiliza para registrar información, automatizar transacciones y, como resultado, gestionar valores. Las criptomonedas son solo una de las cosas que se pueden hacer con un blockchain. Puede aplicarse a muchas otras transacciones además de las relacionadas con dinero.
Un blockchain está compuesto por varios usuarios (llamados nodos) que trabajan juntos para verificar y validar transacciones. Esto se hace siguiendo reglas específicas que están definidas en un protocolo. De esta manera, cada transacción se registra de forma segura en el libro de cuentas gigante.
Los expertos comparan la llegada de blockchain con momentos importantes de la historia, como cuando los ordenadores se volvieron comunes en los hogares o cuando se desarrolló internet. Desde un punto de vista de negocios web3 es comparado con la democratización del capital hecha posible por el advenimiento de mercados de valores en la época colonial. La razón es que los registros seguros de blockchain permiten llevar a internet la transaccionalidad de activos que antes solo sse podían transaccionar en papel.: casas, carros, títulos valor.
En otras palabras, blockchain cambiará la forma en que entendemos los negocios y la sociedad en general. Una de las características más emocionantes de blockchain son los "contratos inteligentes". Esto significa que se podrán hacer acuerdos y transacciones de manera segura sin necesidad de compartir información confidencial entre las partes involucradas.